¿Cuál es la paradoja en las políticas públicas de infancia?

Por: Marisol Palacio Cepeda, Maicol Londoño y Yalira Margoth Perea Guzmán/1/

Abril, 2025 

 

 

En nuestro país la adopción de un Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006) hace dieciocho años convocó a los operadores administrativos y judiciales de los diversos Sistemas Jurídicos, como el Sistema Nacional de Bienestar Familiar SNBF y, el nuevo Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes SRPA, que con el mismo se constituía, a que actuaran en forma articulada y armónica para proteger en forma integral a niñas, niños y adolescentes que incurrieran en la comisión de delitos e incluso que se encontraran en un contexto de desprotección de sus derechos que representara una situación de riesgo para comprometerlos en la infracción de la ley penal, como el conflicto armado que aún no ha cesado y continúa instrumentalizándolos o graves situaciones de marginación socio económica que los introduce en dinámicas de permanentes de violencias y agresiones mutuas al interior de sus familias colocándolos en el rol involuntario de víctimas y de victimario/as en una cadena o ciclo de agravios y afectaciones a la integridad personal sin límite de tiempo, hasta alcanzar la mayoría de edad, y por lo tanto, no existe impedimento alguno para que sean luego investigados y sancionados por el Sistema Penal Acusatorio de naturaleza adversarial establecido para incriminar o imputar delitos a los adultos. 

 

Y es en este escenario donde cabe preguntarse sobre la eficacia y el impacto de las políticas públicas adoptadas para la infancia en la previsión del juzgamiento de adolescentes en un Sistema nuevo si bien especializado orientado en su origen por la misma lógica punitiva y vindicativa, de responsabilidad establecida para los adultos; tal vez habría también que realizar una revisión crítica a las políticas sociales y demandar de entrada de las mismas que sean políticas públicas para la igualdad desde la diversidad de cada niña, niño y adolescente, es decir, que tengan como primer presupuesto tanto para su formulación como para su implementación, la prohibición de no ahondar o profundizar las desigualdades o inequidades existentes en nuestra niñez, sino por el contrario, el afianzamiento de  la protección efectiva de sus derechos, encomendando de ese modo, al Derecho penal, al ámbito jurídico penal-el impacto favorable a la población infantil y adolescente, otorgándole una misión transformadora de sus entornos personales, familiares y sociales, que se plasme a través de sanciones protectivas complementadas por la intervención interdisciplinaria en coalición con otras disciplinas científicas al amparo de modelos de Justicia como las Justicias terapéutica, restaurativa e inclusiva, entre otras. 

 

No obstante lo anterior, pareciera que la implementación de estos modelos de justicia afrontan barreras hasta ahora insuperables, como si la formulación de políticas públicas para la igualdad en materia de infancia y adolescencia llevará consigo el germen o paradoja de su propia ineptitud o ineficacia porque no logra despojar a la niña, niño o adolescente del rol de víctima o victimario que le tocó asumir, y en forma concomitante tampoco lograra sustraerlo de la dinámica de violencias que coopta su niñez, ni tampoco operará la devolución de sus derechos, en estricto sentido, continuando la mayoría de las veces el fenómeno estructural de lesión a su integridad personal y Dignidad de Ser, vigentes. 

 

La paradoja entonces, aflora, se afianza y profundiza con la pre existencia de consensos alrededor de las políticas, pero, sin claridad suficiente en torno a su materialización, o sea, ante vacíos de ¿Cuándo?, ¿Dónde? y ¿Cómo?, conocer el momento concreto de su ejecución, aunque la misma haya sido concertada con los actores de las políticas. En lenguaje sencillo, nadie sabe cómo llegar a la protección integral, ni cómo implementarla a dos décadas de su diseño, producto de un gran esfuerzo por parte de los tomadores de decisiones y, aun a pesar del empeño puesto por la sociedad civil por avanzar de modo significativo hacia este propósito.

 

Aquí cobra especial importancia definir junto con las políticas públicas como políticas de consenso y consecuentemente de concertación, planes de acción conjuntos, y aunque suene, un vez más, a verdad de “perogrullo”, verdaderamente “estratégicos” con habilidades o competencias ejecutoras, no sólo a corto, sino a mediano y largo plazo y, justamente en esa lógica jurídica de construcción, hemos encontrado, que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) organizó un Encuentro Interministerial concitando la participación de Ministerios de Educación Nacional, Salud y Seguridad Social, Ministerio de Justicia y del Derecho, Ministerio de la Igualdad y de la Equidad, entre otros, y en ese ejercicio, emergió lo que se conoce como el “Compromiso País” en términos  de plantear el fortalecimiento de la política pública de niñez y adolescencia, advirtiendo la pertinencia de involucrar a las organizaciones sociales para acompañar el proceso de elaboración de un Plan de Acción de la Política Pública para la Niñez con vigencia a diez años, como la Alianza por la Niñez Colombiana, que integra a las más importantes fundaciones y/o asociaciones con liderazgos en esta perspectiva o misionalidad, en el entendido, creeríamos, que esta dinámica de trabajo transectorial e interseccional, está  llamada  a superar la paradoja aparente explicitada, porque en suma, parece ser, que sino todos y todas, si la gran mayoría, coincidimos en que, la formulación suele darse en forma completa, pero los cuellos de botella aparecen en la implementación de las políticas, es decir, la implementación se trunca.

 

 Y en esta perspectiva la creación permanente de la Comisión Legal de Infancia y Adolescencia/2/ resulta de especial relevancia como instancia que concita la participación de tales organizaciones como la anteriormente referida y otras asociaciones con injerencia en el diseño y/o monitoreo de las políticas.

 

En conclusión la paradoja consiste en la formulación de políticas públicas y, de otra parte, una implementación incipiente o fallida, aun existiendo consensos y concertación sobre las mismas, por virtud de la ineficiencia y/o inoperancia de los planes de acción previstos o, en un contexto más preocupante todavía o de mayor alcance, con ocasión de la percepción de la incapacidad inherente de las políticas para ser ejecutadas desde su propia formulación, cuando: 1.  Se adoptan nuevos Sistemas pero desfinanciados y/o 2. Opera la incomprensión de los principios y normatividad sustancial que origina y orienta tales Sistemas, lo que deviene en la ausencia de metodologías para la aplicación del Derecho y/o 3. Se constata un ambiente de incertidumbre por la falta de Planeación Estratégica estructurada y sustentable ante barreras para la implementación de las políticas proclives a los consensos y a la concertación.

 

En este sentido o instancia de la reflexión, no cabe la menor duda, que el conflicto armado o la guerra constituye una gran obstáculo en la implementación y ejecución de  políticas sociales o de otro orden en nuestro país, con lo cual en el evento de una consulta popular u otro mecanismo de participación social sería importante conocer la posición ciudadana, de colombianos y colombianas,  respecto a su disponibilidad para contribuir cada día a través de sus propias actuaciones a la construcción de paz, así como, su postura por supuesto, para coadyuvar a las políticas sociales estatales, como integrantes de una sociedad con vocación democrática fundada en la Dignidad Humana.  

 

Como representantes de la Sociedad Civil, la Alianza por la Niñez Colombiana ha acompañado el ejercicio de construcción  del Plan de Acción de Política de Infancia y Adolescencia, que actualmente coordina el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)/3/  como órgano rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, identificando la urgencia en promover acciones que impliquen dar un salto cualitativo hacia la protección integral, y también integrantes de la Comisión Legal de Infancia y Adolescencia, constituida al interior del Congreso de la República, presidida por la Representante, Dra. Erika Tatiana Sánchez Pinto, dieciocho años después de la expedición de la legislación sustantiva de infancia, antes de que su normativa se desestructure a través de numerosos proyecto de reforma inconexas o incoherentes; o caracterizados por su precariedad, o desarticulación fragmentando la problemática de niñez, sin la potencialidad suficiente de transformar creencias y normas sociales  o causantes o impulsoras de la misma; ni la cobertura, ni incidencia a nivel territorial para superarla; con lo cual cobra particular trascendencia sumar a las acciones, medidas, estrategias de protección establecidas, políticas correlativas (no aisladas) de prevención de las violencias con una vocación de permanencia, siendo conducente en esa mirada, para nosotros,  introducir una modificación sustancial al procedimiento administrativo de restablecimiento de derechos, conocido como PARD, con ese doble carácter preventivo-protectivo/4/, traspasando un tinte efímero, meramente restablecedor o mitigador; así mismo, advertimos la importancia de asegurar la interseccionalidad, Intersistemacidad y apropiación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar SNBF del “enfoque de cuidado” sobre el cual se edifica el recientemente adoptado Sistema Integral de Cuidado SIC, con la expedición del CONPES 4143 de 2025, y con ello el seguimiento de prácticas de cuidado individuales y comunitarias a favor de la niñez y la adolescencia./5/  En cualquier caso,  continuamos como sociedad civil motivados por el fortalecimiento, robustecimiento, renovación y monitoreo permanente y activo de las políticas públicas; del mismo modo en que  las autoridades del orden nacional y territorial reserven el presupuesto que se requiera de conformidad con los Planes de Acción que emita y, a su vez, que su ejecución involucre a todos los actores de las políticas y, de que con las políticas sociales con las que interactúe como la Política de Apoyo y Fortalecimiento a las Familias, la que conocemos en Colombia se formuló hasta 2024, no se renuncie a un balance permanente respecto de su impacto en el entendido de su continuidad innegociable; también es primordial la interdependencia e interconexión con la política criminal, siendo fundamental plantear una “reconceptualizacion” del Derecho Penal como “última ratio” en la comprensión de que el Derecho es uno y como todo Derecho protege los derechos y, por lo tanto, al amparo de la convicción de que su razonabilidad no solo radica en la sanción como última alternativa de intervención, como manifestación de la impotencia del Estado de incidir a través de políticas sociales en la prevención de las violencias y, subsecuentemente, la configuración de los delitos, sino como, un mecanismo o herramienta complementaria al robustecimiento del Estado Social y de Derecho. 

 

Es así, por ejemplo, como se ha evidenciado, en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, SRPA, como su cuota de éxito está vinculada estrechamente con la oferta de políticas sociales para las y los adolescentes, y la inclusión del componente social en la ejecución de sanciones catalogadas como medidas de protección como la denominada “prestación de servicios sociales comunitarios”, llamando poderosamente la atención, su uso restrictivo o minoritario, respecto de medidas privativas de la libertad en Centro de Atención Especializada por su uso preferente.  

 

En suma, justo es reconocer, que corresponde a autoridades administrativas y judiciales aplicar la ley y conocer su alcance con profundo conocimiento de los principios y derechos de infancia y sus enfoques … haciendo prevalecer el derecho sustancial, la protección sostenible en el tiempo de los derechos afectados o puestos en riesgo de estarlos, sin supeditar o condicionar esta protección al consentimiento de niñas, niños y adolescentes; como tampoco a los vacíos normativos o precariedad en las políticas sociales, ni mucho menos, pretender que la problemática de la paradoja aquí planteada se resuelva con la intervención aleatoria de una autoridad altruista o no, es decir, según el grado de sus propios prejuicios o  nivel de prejuzgamiento, y se desatara desde la subjetividad de cada magistrado o juez equiparándola automáticamente con “modelos de justicia” individualizados.

 

 

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1/ Marisol Palacio Cepeda, PhD en Derecho Universidad Nacional de Mar del Plata, Argentina, Especialista en Políticas Públicas CLACSO FLACSO y en Cooperación Internacional y Desarrollo Universidad de Barcelona, España. Directora de la Fundación Ama La Vida Aliwen y el Centro de Pensamiento Crítico FIBESJ. Investigadora; Yalira Margoth Perea Guzmán Abogada. Maestra. Especialista en Consultoría en Familia y Redes Sociales. Formada en Liderazgo Adaptativo y Valores Humanos. Ex funcionaria Fiscalía General de la Nación. Investigadora. Maicol Londoño. Licenciado en Filosofía y Ciencias Religiosas, con formación internacional en Liderazgo Juvenil y metodologías sociales. Experto en gobernanza estratégica y campañas políticas. Ha transformado su experiencia como egresado del Sistema de Protección en una causa global. Es cofundador de la primera asociación de personas en situación de desamparo en Latinoamérica, miembro del Consejo Ejecutivo de la Red Latinoamericana de Egresados de Protección, y Coordinador del Consejo de Líderes del Sistema de Cuidados Global. Director Ejecutivo de Fundación ASCEP.

2/ Quienes suscribimos este artículo somos integrantes de la Comisión y suscriptores de un Convenio de Cooperación y Trabajo Interorganizacional permanente.

3/ El Director Nacional de Bienestar Familiar Dr. Julián Moreno lidera con su equipo de trabajo la elaboración del Plan de Acción referida.

4/ Esta es una propuesta de modificación sustancial del PARD Protectivo-Preventivo que hemos ido presentando en bloque en distintos escenarios como cooperantes en desarrollo del Convenio de Cooperación suscrito anteriormente aludido.

 

5/ La Alianza por la Niñez Colombiana de la cual hace parte la Fundación Ama La Vida Aliwen junto con la Universidad de los Andes, entre otras asociaciones, organiza un Foro sobre “Cuidado y Niñez” para dar a conocer y profundizar sobre el Enfoque de Niñez en Mayo 9 de 2025 con la coordinación de la Secretaria Ejecutiva Dra. Omaira Orduz y apoyo de PANDI de la Dra. Ximena Norato.

 

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